En una decisión histórica, la Corte Suprema de Filipinas dictaminó que las parejas del mismo sexo pueden ser consideradas copropietarias de bienes inmuebles. El fallo, publicado el pasado martes 10 de febrero, aplica por primera vez una disposición del Código de Familia del país y requiere únicamente que se demuestra que ambas partes contribuyeron a la adquisición de un inmueble.
Filipinas es un país con una tradición fuertemente católica y conservadora. Las uniones entre personas del mismo sexo están prohibidas y es el único país del mundo, fuera del Vaticano, que no permite el divorcio. Esta situación deja a las parejas LGBTQ+ sin protecciones legales en materia de propiedad, finanzas y atención médica, por lo que la posibilidad de ser copropietarios es una muy buena noticia.
El fallo del Tribunal Supremo involucró el caso de una expareja de mujeres en desacuerdo sobre la venta de una propiedad en un suburbio de Manila. Una de las mujeres se negó a vender la casa tras haber accedido inicialmente, lo que llevó a la otra a presentar una demanda ante un tribunal local solicitando la división de sus bienes. El tribunal local y el tribunal de apelaciones denegaron la demanda debido a que la demandante no aparecía en los documentos de propiedad.
Sin embargo, el 5 de febrero, la Corte Suprema revocó las sentencias del tribunal local. Citó un documento elaborado por una de las partes, y reconocido por la otra, en el que se afirmaba que ella había pagado el 50% de los gastos de compra y renovación de la propiedad. Sin embargo, al no estar casadas legalmente ni tener parentesco consanguíneo, registraron la propiedad a nombre de solo una de las partes para agilizar los trámites de adquisición.
Código de Familia en Filipinas define el matrimonio como el vínculo entre un hombre y una mujer, pero el tribunal superior declaró que el artículo 148, que regula las relaciones patrimoniales de las personas que viven juntas, pero no pueden casarse legalmente, no discrimina por razón de género y se aplica a todas las formas de cohabitación.
El juez miembro de la corte, Marvic Leonen, declaró a la prensa: “E Artículo 148 se aplica a las parejas del mismo sexo. De lo contrario, invisibilizamos legalmente algunas formas de relaciones íntimas legítimas”. Además, la jueza miembro de la corte, Amy Lazaro Javier, señaló que, con base en los valores de la sociedad moderna y la diferencia injustificada de trato entre las parejas heterosexuales y homosexuales, el Artículo 148 no debe limitarse a las parejas heterosexuales.
De acuerdo con el medio británico BBC, Camille Ting, portavoz de la Corte Suprema de Filipinas, confirmó que es la primera vez que se utiliza el Artículo 148 del Código de Familia para decidir sobre un caso relacionado con los derechos de propiedad de una pareja del mismo sexo.
Junto al fallo, la Corte Suprema también instó al gobierno y a los legisladores a abordar las necesidades de las parejas del mismo sexo: “Dadas las cuestiones políticas, morales y culturales que rodean el tema de los derechos de las parejas del mismo sexo, los departamentos políticos, especialmente el Congreso, deben participar en la búsqueda de soluciones”.
